No es delito bajar musica según tribunal supremo colombiano
Según señala la corte “si en la Internet circulan millones de canciones, no puede concentrarse en el derecho penal la función de perseguir a los usuarios que, aprovechando tal circunstancia, descargan la música que se coloca a su alcance”. El tribunal emitió el fallo al revertir una sentencia a 24 meses de cárcel y una multa de 2 millones (1.100 dólares) contra una persona condenada por copiar discos de vinilo en formato MP3. La Corte Suprema de Justicia revirtió esa condena señalando que las copias realizadas por uso personal no podían ser penalizadas pues no provocaban un detrimento contra los intrereses de los autores. Obviamente no se puede obtener ninguna ganancia comercialmente hablando.
Sin duda un fallo que nos beneficia a todos nosotros que de alguna manera “aprovechamos” los beneficios de la red de redes. Con esto no pretendo incentivar la piratería solo que en mi muy humilde opinión en algunos casos no es necesario apegarse estrictamente a lo estipulado.
Fuente: the INQUIRER
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